Para entender hacia dónde se pretende llevar al Perú en el tema de la competencia de la CIDH en materia de terrorismo es necesario no perderse en la hojarasca de acusaciones y mentiras que algunos medios han montando contando medias verdades y acusando de todo a sus enemigos políticos. Aquí algunas premisas que nos ayudarán a aclarar el asunto:
1. No hubo pago de indemnización, ni reparación civil de 30 mil dólares para Lori Berenson.
Lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó fue que se reconociera a los padres de la sentenciada los costes asumidos en el proceso judicial que llevó a cabo la administración de Fujimori. El juicio realizado por un tribunal sin rostro, no guardó garantías procesales, por lo que el pago de los gastos administrativos es producto de los errores judiciales del gobierno fujimorista.
2. Las reparaciones individuales se pagaron con mecanismos regulares.
El pago de los 30 mil dólares figura en el Decreto de Urgencia 030-2005 y su anexo respectivo. No fue un acto escondido, mentiroso o doloso. Fue un acto transparente y legal. El nombre de Lori Berenson no figura en dicho anexo porque ella no es la beneficiada. Si, en cambio, fIgura el nombre de sus padres, así como otros beneficiados como los deudos de la matanza de Barrios Altos.
3. El Estado peruano está obligado a cumplir la sentencia emanada del órgano supranacional.
El gobierno de Fujimori pretendió sustraer parcialmente al Estado peruano de la jurisdicción de la Corte. Pero la medida no prosperó. La Corte advirtió al gobierno de Fujimori las violaciones a las libertades individuales y los vicios procesales y al debido proceso que cometía su administración de justicia en la lucha contra el terrorismo.
4. Fujimori liberó más presos acusados de terrorismo que cualquier otro gobierno.
Las arbitrariedades del gobierno de facto fueron de tal calibre que el propio Fujimori tuvo que liberar, vía indulto, a 513 acusados de terrorismo. La comisión del Padre Hubert Lansiers, durante el gobierno de Valentín Paniagua, encontró otros 143 casos que merecían el mismo fin.
5. Lori Berenson fue beneficiada con certificado de buena conducta del actual gobierno aprista.
La libertad de Lori Berenson no hubiera sido posible si es que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) no le hubiera aprobado un informe legal, psicológico y social que le permitió a la titular del primer juzgado provincial, Jéssica León Yaranga, otorgar libertad condicional a la estadounidense Lori Berenson, tras cumplir los tres cuartos de la pena de 20 años a los que fue condenada por el delito de terrorismo.
6. El Poder Judicial pudo negarse a liberar a la Berenson.
En base la independencia de criterio que tienen los jueces en el Perú, la jueza León Yaranga pudo negarle el pedido de semilibertad a Lori Berenson. ¿Por qué no lo hizo? ¿Para generar el psicosocial que tuvimos e iniciar una campaña mediática contra los fallos de la CIDH?
7. El objetivo político es responsabilizar al gobierno de Toledo...
En este tema, apristas, fujimoristas y castañedistas han coincidido en una cosa: responsabilizar al gobierno de Toledo de haber flexibilizado las penas a los terroristas y de pagar indemnizaciones de escándalo; todo lo cual debe ser investigado en el Congreso. Para ello tergiversan los datos y ponen como “ejemplo” el caso Lori Berenson, su salida anticipada de la cárcel y el pago de 30 mil dólares por parte del Estado.
8. ... pero el objetivo mayor es otro.
La hipótesis principal es que el gobierno ha armado todo un psicosocial con el tema del terrorismo (liberación de Lori Berenson, marcha de estudiantes en San Marcos) con el objetivo de, en primer lugar, generar indignación en la población y remover su rechazo y condena al terrorismo. Pero, en segundo lugar, crear las condiciones para endurecer su posición en materia de derechos humanos y pretender salirse de la jurisdicción de la Corte. Si no ¿cómo entender lo declarado por el premier Velásquez Quesquén?: "Lo que estamos planteando es que se pueda hacer una ‘reserva parcial’ (ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos) en el delito de terrorismo y especialmente en el tema de las indemnizaciones económicas”.
1. ¿Puede hablar un premier a título personal? Absurdo.
ResponderBorrar2. ¿Es válida la figura de "me retiro de esto pero me quedo en esto otro que sí me gusta"? Ni que una corte internacional fuera un restaurante donde uno pide lo que le da la gana.
3. ¿Qué se busca? Subir la candidatura de Fujimori. ¿Para qué? Para que la cancha quede libre como contrincante de Toledo (el favorito y elegido por Washington) o de Castañeda (ya bastante despintado, pero opción al fin).
4. Finalmente el escenario predispuesto para el Perú será: Keiko versus Democracia. ¿Ganador? La Democracia (versión Toledo o Castañeda).
5. En realidad, todo no es más que perpetuar el modelo y sacarlo de en medio a Humala.
Muchas gracias.