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06 enero, 2019

Poder es querer


El fiscal de la Nación, Pedro Gonzalo Chávarry, ha perdido toda legitimidad para seguir encabezando el Ministerio Público. Carece de superioridad jerárquica. Manda pero no gobierna. Ni él mismo se obliga. Un día saca a los fiscales Domingo Pérez y Rafael Vela y al día siguiente los repone.

El daño que le hace a la institucionalidad del Ministerio Público, sin embargo, no se resuelve con un caballazo jurídico del Ejecutivo. Es una situación de emergencia, pero aún en estas circunstancias, se debe respetar la constitucionalidad de las normas y la autonomía de los poderes.

Montesquieau decía que los tres poderes del Estado no podían estar en una sola mano o grupo de personas porque, sino, caemos en tiranía. Tampoco podía intervenir un poder en otro, sin afectar el balance y equilibrio necesario para gobernar sin abuso. La separación de poderes es básico para el funcionamiento democrático y para asegurar el respeto a las libertades y garantías procesales del ciudadano frente al Estado.

La propuesta del Ejecutivo propone mediante una ley que los fiscales supremos adjuntos reemplacen temporalmente a la Junta de Fiscales Supremos, expectorando a estos últimos de un plumazo. Esto, en tanto se forma la nueva Junta Nacional de Justicia que reemplaza al liquidado Consejo Nacional de la Magistratura. Eso no se puede hacer. No está previsto en la Constitución.

Esa vía de solución no existe, como bien lo han explicado diversos constitucionalistas. Pero, entonces, ¿qué hacer para recuperar la conducción jerárquica en el Ministerio Público?, ¿cómo apartar al fiscal Chávarry de su función respetando los cánones institucionales?, ¿Qué hacer si no renuncia voluntariamente al MP?

La respuesta pasa nuevamente por el Espíritu de las Leyes. Poner en funcionamiento la separación de poderes. Es decir, que cada uno de los poderes, despliegue su función, realice su tarea, y asuma su responsabilidad, en esta hora complicada.

Y para ello hay dos mecanismos. Si la denuncia es por infracción a la Constitución, el Congreso resuelve de manera autónoma. Si la denuncia es por delitos de función, el Congreso actúa como sala de antejuicio y dispone la suspensión del funcionario para que este sea denunciado por el Ministerio Público y sancionado por el Poder Judicial.

El fiscal Chávarry tiene actualmente cuatro denuncias en la SubComisión de Acuscaciones Constitucionales del Congreso de la República. Esta instancia debe procesarlas de inmediato, establecer el debido proceso y la legítima defensa, dictaminarlas, votarlas y elevarlas al pleno para su debate y aprobación final. La Comisión Permanente del Congreso puede igualmente presentar una nueva acusación constitucional.

La pelota está, pues, en la cancha del Congreso.

La reciente suspensión del fiscal Chávarry de su licencia como abogado en el CAL, tiene una doble instancia procesal que deberá ser resuelta en el Tribunal de Honor del colegio para que sea efectiva; pero inicia un proceso para que cualquier persona que se considere agraviada invoque el Art. 99 de la Constitución y pueda presentar una acusación ante la Comisión Permanente del Congreso por infracción constitucional.

El camino es largo, tedioso y complicado. Pero es el mecanismo legal que debemos respetar. Optar por la vía rápida de la intervención de un poder sobre otro es abrir una puerta peligrosa y poner un pie en el terreno fangoso de la inconstitucionalidad; una frontera oscura que celebran las masas, pero que al final, resulta contraproducente porque implica la supremacía de un poder sobre otro.


Al Congreso hay que decirle con todas sus letras que, en este caso, poder es querer.


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