El fiscal de la
Nación, Pedro Gonzalo Chávarry, ha perdido toda legitimidad para seguir
encabezando el Ministerio Público. Carece de superioridad jerárquica. Manda
pero no gobierna. Ni él mismo se obliga. Un día saca a los fiscales Domingo
Pérez y Rafael Vela y al día siguiente los repone.
El daño que le hace
a la institucionalidad del Ministerio Público, sin embargo, no se resuelve con
un caballazo jurídico del Ejecutivo. Es una situación de emergencia, pero aún
en estas circunstancias, se debe respetar la constitucionalidad de las normas y
la autonomía de los poderes.
Montesquieau decía
que los tres poderes del Estado no podían estar en una sola mano o grupo de
personas porque, sino, caemos en tiranía. Tampoco podía intervenir un poder en
otro, sin afectar el balance y equilibrio necesario para gobernar sin abuso. La
separación de poderes es básico para el funcionamiento democrático y para
asegurar el respeto a las libertades y garantías procesales del ciudadano
frente al Estado.
La propuesta del
Ejecutivo propone mediante una ley que los fiscales supremos adjuntos
reemplacen temporalmente a la Junta de Fiscales Supremos, expectorando a estos
últimos de un plumazo. Esto, en tanto se forma la nueva Junta Nacional de
Justicia que reemplaza al liquidado Consejo Nacional de la Magistratura. Eso no
se puede hacer. No está previsto en la Constitución.
Esa vía de solución
no existe, como bien lo han explicado diversos constitucionalistas. Pero,
entonces, ¿qué hacer para recuperar la conducción jerárquica en el Ministerio
Público?, ¿cómo apartar al fiscal Chávarry de su función respetando los cánones
institucionales?, ¿Qué hacer si no renuncia voluntariamente al MP?
La respuesta pasa
nuevamente por el Espíritu de las Leyes. Poner en funcionamiento la separación
de poderes. Es decir, que cada uno de los poderes, despliegue su función,
realice su tarea, y asuma su responsabilidad, en esta hora complicada.
Y para ello hay dos
mecanismos. Si la denuncia es por infracción a la Constitución, el Congreso
resuelve de manera autónoma. Si la denuncia es por delitos de función, el
Congreso actúa como sala de antejuicio y dispone la suspensión del funcionario
para que este sea denunciado por el Ministerio Público y sancionado por el
Poder Judicial.
El fiscal Chávarry
tiene actualmente cuatro denuncias en la SubComisión de Acuscaciones
Constitucionales del Congreso de la República. Esta instancia debe procesarlas
de inmediato, establecer el debido proceso y la legítima defensa,
dictaminarlas, votarlas y elevarlas al pleno para su debate y aprobación final.
La Comisión Permanente del Congreso puede igualmente presentar una nueva
acusación constitucional.
La pelota está,
pues, en la cancha del Congreso.
La reciente
suspensión del fiscal Chávarry de su licencia como abogado en el CAL, tiene una
doble instancia procesal que deberá ser resuelta en el Tribunal de Honor del
colegio para que sea efectiva; pero inicia un proceso para que cualquier
persona que se considere agraviada invoque el Art. 99 de la Constitución y
pueda presentar una acusación ante la Comisión Permanente del Congreso por
infracción constitucional.
El camino es largo, tedioso y complicado. Pero es el mecanismo legal que debemos respetar.
Optar por la vía rápida de la intervención de un poder sobre otro es abrir una
puerta peligrosa y poner un pie en el terreno fangoso de la
inconstitucionalidad; una frontera oscura que celebran las masas, pero que al
final, resulta contraproducente porque implica la supremacía de un poder sobre
otro.
Al Congreso hay que
decirle con todas sus letras que, en este caso, poder es querer.
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