12 enero, 2015

Matemática laboral *


Algunas cosas están muy claras en la Ley 30288 y su reglamento que acaba de pre-publicarse. El ahorro para una mediana empresa de 50 trabajadores que decide aplicar el nuevo Regimen Laboral Juvenil sería más o menos el costo de un menú en el centro de Lima. Veamos:
1) La ley es para: a) jóvenes entre 18 y 24 años que por primera vez ingresan al mercado laboral o que habiendo tenido empleo, quedan desempleados y no pueden recolocarse en un plazo mayor de tres meses. Y b) para jóvenes que hayan concluido o no estudios secundarios, superiores o técnicos.
2) Según el MEF, existen alrededor de 850 mil jóvenes entre 18 y 24 años que ganan una remuneración mínima vital (RMV), es decir, 750 soles, aunque sin contrato. Otros 250 mil jóvenes, igualmente sin contrato, ganan menos que una RMV. Para ambos grupos es la ley 30288. Los primeros ganarían algunos beneficios (que hoy no tienen) y los segundos ganarían dichos beneficios más un poco de dinero para llegar a una RMV.
3) La ley rige en el papel para todo tipo de empresas: pequeñas, medianas y gran empresa. Pero, en la realidad, cada empresa tiene sus costos específicos y la aplicará sólo si la beneficia. Según cálculos del economista Humberto Campodónico (LR 5.01.14) y del ex ministro de Trabajo, Javier Neves (Caretas 2366), grosso modo, el costo de los beneficios sociales del trabajador representa para la pequeña empresa, el 5% del salario. Para la mediana empresa el 27% y para la gran empresa el 53%. Con la Ley Laboral Juvenil, los beneficios sociales recortados que reconoce representan el 14,4% del salario.
4) Si hacemos números y asumimos que el salario inicial de un trabajador es una Remuneración Mínimi Vital (RMV), o sea, 750 soles, veremos que, en la práctica, pagar beneficios sociales en la pequeña empresa representa 37,50 soles mensuales. En la mediana empresa, el costo es de 202 soles; y en la gran empresa, 397 soles. Los beneficios recortados que otorga la Ley Laboral Juvenil significan, en cambio, un costo mensual de unos 108 soles. ¿A quién beneficia la Ley Pulpín? A la mediana y gran empresa.
5) Calculemos ahora otro de los "beneficios" de la Ley 30288. Según la norma, las empresas pueden contratar hasta un máximo de 25% de su planilla bajo el nuevo regimen laboral juvenil. En una empresa mediana de 50 trabajadores, esto significa 12 nuevos trabajadores jóvenes.
6) Estos 12 nuevos puestos de trabajo multipicados por los 202 soles que cuesta pagarles los beneficios sociales representan 2,424 soles mensuales. Esos mismos 12 trabajadores que cumplen una jornada laboral de 6 días a la semana en turnos de 8 horas diarias, sin sobretiempo, generan, en total, de 288 jornadas laborales al mes (12 x 24 días o jornadas diarias de trabajo).
7) Si dividimos ese costo total de beneficios sociales entre el total de jornadas laborales, tenemos: 2,424 soles entre 288. Eso nos da un total de 8 soles 41 céntimos diarios en pago de beneficios sociales por cada trabajador. Casi lo que cuesta un menú tela en el Centro de Lima.
8) A estos 8,41 soles que la empresa paga en beneficios sociales por cada nuevo empleo que crea, debemos descontarle la seguridad social y el costo de capacitación que el Estado asume y que la empresa deduce de su pago de impuestos anual. Esto es lo que empresarios y abogados laboralistas de las grandes empresas, llaman "sobrecostos laborales". Una carga económica que, según dicen, les resulta "muy caro" asumir debido a que esa mano de obra contratada, nueva, inexperta, con escasa o nula educación o formación para el trabajo, en la jornada laboral, resulta improductiva o poco productiva.
9) Para resolver esta "carga económica" que tienen las empresas, y estimular la creación de nuevos puestos de trabajo –dinamizando así la economía–, es que el Estado crea la Ley 30288 que reduce el costo de los beneficios sociales para "incentivar" a las medianas y grandes empresas a generar nuevos empleos.
10) Y así una mediana empresa, en lugar de pagar 8,41 soles en beneficios sociales por cada empleo nuevo que creen, con la Ley Pulpín, al 25% de su nuevo personal solo le pagaría la mitad: 4,33 soles. De la misma manera, las grandes empresas que pagan ahora 16.54 soles en beneficios sociales completos por cada empleo nuevo, pagarán la tercera parte por beneficios sociales disminuidos. Un ahorro ¿sustantivo?, como podrá entenderse.
De eso hablamos, en realidad, de ahorrarse un sencillo.
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* Publicado en Diario 16, domingo 11 de enero de 2016.

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