15 febrero, 2015

Principios Rectores


La respuesta y explicación del director de El Comercio, Fernando Berckemeyer, sobre el despido de una de sus editoras a raíz del impasse surgido por la publicación de una columna de opinión con dos ideas "potencialmente difamatorias", tiene una trascedencia enorme no solo para la prensa o el periodismo, sino para la sociedad.
El director apela a los principios rectores del diario y al sentido común para afirmar que "los columnistas tienen libertad de expresión, pero no de difamación". Y está en lo cierto. La libertad de uno termina cuando empieza la del otro, decía John Stuart Mill.
El momento es oportuno para extender esa misma prolijidad al tratamiento de otros espacios en las plataformas digitales del Grupo El Comercio, como son las casillas de "opinión del público" que existen en cada nota informativa que presenta el diario.
Esas "opiniones" de anónimos escribas son muchas veces insultos, diatribas o bajezas de toda calaña, no solo "potencialmente difamatorias", sino abiertamente difamatorias; injurias puras o simples calumnias avezadas.
Lo decíamos en esta misma columna hace apenas tres semanas: "¿Por qué si yo escribo una carta con insultos a un personaje político y la firmo con mi nombre y apellidos, número de DNI, y la envío a un medio impreso, éste no solo no me la publica sino que la envía de frente al tacho? ¿Y por qué ese mismo comentario procaz aparece publicado ad infinitum en la edición virtual de ese mismo diario? ¿Existe acaso un Código de Ética para el papel y otro diferente para la plataforma digital?".
Esta posición no es de ahora. La vengo sosteniendo desde hace por lo menos seis años en esta misma columna de Politikha. ¿Recuerdan el alboroto suscitado en el propio Diario El Comercio el 18/12/2009, cuando en ángulo inferior izquierdo de su primera plana apareció impresa una supuesta carta de un lector que luego de vaciar su opinión firmó con el elocuente como escatológico nombre de Tsura Tukuro?
El escándalo giró alrededor del descuido del editor de cartas de dejar pasar un comentario firmado por un sujeto inexistente. La carta fue enviada por correo electrónico. No se tomó en cuenta ni el documento de identidad, ni la dirección. Su contenido no era oprobioso ni nada, pero la misiva perforó todos los controles de cuidado de edición.
No hay en los principios rectores de El Comercio y en ningún diario del país, creo, algo así como un Defensor del Lector Digital, una especie de CM que defienda en nombre del medio esos principios rectores que valen para el papel, como el Principio 10 de El Comercio: En defensa de la calidad de vida, que vela por el cultivo de los valores cívicos, "especialmente los que propugnan la libertad, la verdad, la honradez, la igualdad, el respeto por las buenas costumbres y el servicio a los demás".
No hay buenas costumbres en las opiniones que dejan los trolles cuando comentan una noticia en las plataformas digitales. No existe un código de ética que funcione para el papel y para la red. Y no me vengan con eso de que se restringe la libertad de expresión. En esos comentarios insultantes no hay solo libertad. Parafraseando al director de El Comercio podemos decir que las opiniones libres tienen libertad de expresión, pero no de difamación.

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Artículo escrito el miércoles 11 de Febrero de 2015 y publicado en Diario 16 el sábado 14 de Febrero de 2015.

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